Trabajadores extranjeros podrán retirar los recursos de su Afore al volver a su país

El Poder Judicial reconoció en una jurisprudencia que entra en vigor esta semana que a los trabajadores extranjeros que han laborado temporalmente en el país se les debe dar un trato diferenciado en su ahorro para el retiro.

Las personas extranjeras que trabajaron en México y decidan volver de manera definitiva a su país tienen derecho a cobrar antes el dinero que acumularon en su Afore y en su subcuenta de vivienda, determinó el Poder Judicial en una jurisprudencia laboral publicada el viernes pasado.
Para retirar estos recursos, la legislación mexicana exige actualmente como requisito tener más de 50 años de edad y contar con una resolución de pensión por incapacidad, invalidez o cesantía y vejez. Pero no todos los trabajadores migrantes que retornarán a su país se encuentran en esta situación, por ello “procede hacer un trato diferenciado para alcanzar la igualdad sustantiva”, señala la resolución emitida por los Tribunales Colegiados de Circuito.
De acuerdo con información del Instituto Nacional de Migración (INM), en los últimos ocho años se han otorgado más de 400,000 permisos de trabajo para extranjeros en México. Los cinco principales países de los que proviene esta población son: Venezuela, España, Estados Unidos, China y Cuba.
La jurisprudencia laboral parte del análisis de la solicitud de varias personas extranjeras, quienes pedían la devolución de lo que acumularon en sus cuentas individuales en una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) y en la subcuenta de vivienda. El caso llegó ahí porque dos tribunales colegiados tenían una contradicción de tesis al respecto.
Uno consideraba que tenían derecho a que les regresaran el saldo total de lo que aportaron mientras laboraron en México. Para ese tribunal es un “caso especial no previsto en las 18 leyes mexicanas” que regulan el tema y debía atenderse a su calidad migratoria. El otro determinó improcedente la devolución, al considerar que regresarles el dinero que generaron “debilitaría la estructura del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR)”.
De esta manera, la jurisprudencia que entra en vigor el martes 17 de noviembre establece: “Trabajadores extranjeros. Tienen derecho a la devolución de los recursos acumulados en su cuenta individual depositada en la administradora de fondos para el retorno (Afore), así como de las aportaciones al fondo de la subcuenta de vivienda, cuando vuelvan en forma definitiva a su país de origen, sin que les sean exigibles los requisitos previstos en la ley”.
Trato diferenciado
Finalmente, el pleno en materia de trabajo de los tribunales colegiados determinó que este monto debe ser entregado a los trabajadores extranjeros que regresen a residir a su país de origen en forma definitiva. Sólo de esa manera se reconoce su derecho a la seguridad social y “el goce real de los beneficios sociales que adquirieron con su trabajo en nuestro país”.
Garantizar la igualdad sustantiva entre las personas trabajadoras “implica eliminar las condiciones de desventaja que afectan a los extranjeros” que volverán a asentarse en su país Hay que “asegurar la ‘igualdad de hecho’ y no meramente de derecho”, apunta la justificación de la jurisprudencia laboral publicada en el Semanario del Poder Judicial de la Federación.
La sentencia de los magistrados indica que, al menos en este asunto, “los extranjeros no deben tener el mismo trato que los nacionales”. Explicaron que tal como están concebidas las leyes vigentes, a los trabajadores foráneos se les impide gozar de manera real y efectiva de su propio dinero.
En cambio, “los trabajadores mexicanos, quienes al residir en este país, sí tendrán la oportunidad de continuar cotizando y eventualmente acceder a esos recursos”. Soslayar esta diferencia “implicaría desconocer a la vez la igualdad sustantiva exigida por nuestra Carta Magna”, apuntaron.
El principio de igualdad “tiene un carácter complejo”, argumentaron. No se trata de una paridad absoluta entre todos y todos, tampoco implica que exista una igualdad material o económica. Al abordar asuntos como éste, reconocieron los magistrados, se necesita tomar en cuenta la diferencia de trato para legislar y luego para aplicar esa ley.
La normativa mexicana no toma en cuenta las particularidades de estos trabajadores. Por eso los magistrados decidieron que el monto acumulado en su Afore, incluyendo el rubro de vivienda, “se les deben entregar”.
Fuente: Factor Capital Humano