México, el cuarto país en el mundo con más trabajadores en outsourcing
Estados Unidos y China son las naciones que más emplean fuerza laboral mediante empresas de tercerización. México está un poco por debajo de Japón y es el país que más utiliza esta modalidad laboral en América Latina.

México es el cuarto país donde más personas trabajan vía subcontratación, según la Confederación Mundial de Empleadores (WEC, por sus siglas en inglés). Frente a la inminente segunda regulación de esta forma de empleo, Bettina Schaller, presidenta del organismo, advierte tres puntos a tomar en cuenta: la definición clara de los diferentes esquemas, el registro de empresas y el involucramiento de los sindicatos.
“Como sector, estamos absolutamente a favor de la regulación de empresas privadas de empleo”, señala en entrevista. Y totalmente en contra de las formas ilegales de outsourcing: “es inaceptable, no podemos permitir que ningún trabajador o trabajadora labore en situación precaria”.
El Reporte Económico 2021 de la confederación indica que antes de la pandemia de covid-19 más de 61 millones de personas “fueron colocadas en el mercado laboral” por agencias en 40 países. El acceso al trabajo por agencias es una de las tres formas de subcontratación que la WEC toma en cuenta.
Estados Unidos es el país con mayor número de personas subcontratadas a través de ese esquema. En dicho país 16 millones de trabajadoras y trabajadores fueron contratados por agencias y no por las empresas en las prestaron sus servicios.
China es el segundo lugar, con 11.7 millones. El tercer lugar es Japón que, con casi 4.8 millones no está muy alejado de México, que ocupa el cuarto sitio con casi 4.7 millones de trabajadoras y trabajadores bajo el modelo de terciarización.
Según el informe, en 2019 la industria de servicios de empleo tuvo un valor 495,000 millones de euros a nivel global, 5% más que en 2018. Las diferentes formas de subcontratación aportaron más de 396,000 millones de euros, el 80% del total. Sin embargo, para el primer semestre de 2020, la covid-19 bajó 18% las ganancias de todo el sector.
Este lunes el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció “un importante acuerdo entre dirigentes sindicales, empresariales y gobierno” con el que se destraba la reforma en materia de subcontratación.
En noviembre, el Ejecutivo federal envió una iniciativa a la Cámara de Diputados para prohibir la subcontratación de personas y permitir sólo la de servicios y actividades especializadas. Un tope en el monto de las utilidades y el plazo de la entrada en vigor de las nuevas reglas han sido la moneda de cambio para que el sector patronal respalde el proyecto de reforma.
El espectro de la subcontratación
La subcontratación, bajo formas justas, puede ser “clave para volver al mundo del trabajo” en esta crisis por la pandemia, opina Bettina Scheller. Es también una manera de que la población joven acceda a su primer empleo o que las mujeres que así lo necesitan logren un contrato flexible, agrega.
En los países en los que funciona bien esta modalidad hay un marco legal claramente definido, dice. Este modelo tiene “dos o tres formas de contrato”, según el país del que se hable.
Rumbo a una nueva legislación en México es importante hacer esas distinciones según el tipo de servicio, recomienda. La “forma más básica” en el espectro de la subcontratación es el trabajo temporal por agencias privadas, señala la presidenta de la WEC.
El Convenio 181 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) indica que esas agencias emplean a personas “con el fin de ponerlas a disposición de una tercera persona, física o jurídica”. Ese tercero determinará las tareas y supervisará su ejecución. “Es una relación laboral triangular”, reconoce la WEC.
Para ese organismo mundial hay tres formas de lo que en México llamamos subcontratación. Una es la de las agencias, la segunda es la del sector de “proveedores de servicios gestionados”; las empresas de este giro administran la fuerza laboral “contingente” de una organización.
La tercera es el outsourcing. Se trata de “un servicio de un proveedor especializado de terceros”, el cual posee o administra parte o la totalidad del reclutamiento. También “proporciona las habilidades, actividades, herramientas, tecnologías y metodologías de proceso necesarias”.
Control regulatorio positivo
Otro elemento importante que según la experiencia de otros países ha funcionado, detalla Bettina Scheller, es contar con un registro de las empresas del sector. Este punto lo contempla la propuesta del gobierno federal. Pero organizaciones empresariales, como la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (Concamin), lo consideran un exceso.
Las empresas de subcontratación “deben ser reconocidas —mediante el registro—y cumplir con sus obligaciones. En México esto pude ser un problema”, dado que por mucho tiempo algunas han actuado al margen de la ley en detrimento de las personas trabajadoras.
Finalmente, “sé que parece casi lógico”, pero el rol de los sindicatos es imprescindible. La subcontratación “se trata de derechos de trabajadores, de condiciones de trabajo iguales”, lo cual es materia de las organizaciones gremiales.
La buena relación entre sindicatos, agencias de subcontratación y empresas que contratan estos servicios deriva en un “control positivo”, concluye.
Fuente: Factor Capital Humano